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Título: Otórgase un subsidio a favor de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia destinado a solventar gastos que demande la Fiesta Anual de Colectividades Extranjeras. |
Fecha Registro: 21/01/2025 |
Detalle: RAWSON; 21 ENE 2025 VISTO: El Expediente N° 3194/2024 SGG; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia representada por su Intendente señor Otar Macharashvili, por un importe total de PESOS CATORCE MILLONES ($ 14.000.000,00), destinado a solventar gastos que demande la Fiesta Anual de Colectividades Extranjeras; Que a fojas 20 se informa que el servicio administrativo cuenta con crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto; Que el presente trámite se encuadra en lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios; Que no existe impedimento para otorgar el mencionado aporte económico; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307; Que ha tomado legal intervención la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría General de Gobierno; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Otórgase un subsidio por la suma de PESOS CATORCE MILLONES ($ 14.000.000,00) a favor de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia (CUIT N° 30-99906559-3) representada por su Intendente señor Otar Macharashvili (DNI N° 12.041.471), destinado a solventar gastos que demande la Fiesta Anual de Colectividades Extranjeras. Artículo 2°. El Intendente de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia señor Otar Macharashvili (DNI N° 12.041.471), será responsable de la administración y debida inversión. Artículo 3°. El aporte otorgado mediante el artículo Io del presente decreto deberá ser invertido por el responsable dentro de los SESENTA (60) días de recepcionado. Artículo 4°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, y que asciende a la suma total de PESOS CATORCE MILLONES ($ 14.000.000,00) se imputará en la Jurisdicción 10 - SAFIO - Programa 20 - Actividad 1 - Incisos 5.7.6 - Fuente de Financiamiento 1.11-Ejercicio 2025. Artículo 5°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 6°. Regístrese, comuníquese, notifíquese, y cumplido, archívese. DECRETO N° 58/2025 |
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