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Decreto 250 / 2025 Ignacio Torres 

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Título: Otórgase un aporte no reintegrable a cada uno de los Municipios y Comunas Rurales mencionados en el Anexo I
 
Fecha Registro: 18/03/2025
 
Detalle:

rawson,18 MAR 2025

VISTO:
El Expediente N° 000167/2025 -SlEyP; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto,tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de los Municipios y Comunas Rurales de la Provincia del Chubut, detallados en el Anexo I que integra el presente decreto, por los montos que en cada caso se indican;
Que dichos entes municipales y comunales solicitaron asistencia para poder hacer frente a los gastos inherentes a la operatividad y sostenimiento de redes de agua potable y cloacales a fin de garantizar la prestación de los servicios en sus respectivas jurisdicciones;
Que el Gobierno Provincial tiene como prioridad brindar ayuda a los Municipios y Comunas Rurales;
Que el monto total de aportes a distribuir asciende a PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 134.400.000,00);
Que existe crédito presupuestario en la fuente a la cual se manda a imputar el presente trámite;
Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° inciso 1) del Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho de la Secretaría de Infraestructura, Energía y Planificación;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1º. Otórgase un aporte no reintegrable a cada uno de los Municipios y Comunas Rurales mencionados en el Anexo I que integra el presente decreto, por los montos allí consignados, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.
Artículo 2º. Los aportes otorgados mediante el Artículo 1º deberán ser invertidos en el objeto para el que fueron asignados, dentro de los treinta (30) días de recepcionados. Si los fondos permanecieran sin aplicación por más de treinta (30) días corridos del plazo fijado para su inversión, o hubieran desaparecido las razones determinantes de su asignación, los mismos deberán ser devueltos a la Tesorería General de la Provincia, dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes.
Artículo 3º. Designase a las personas mencionadas en el Anexo I que forma parte integrante del presente decreto, como responsables de la administración y rendición de los fondos ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, dentro de los sesenta (60) días de invertidos, en la forma y condiciones previstas por dicho Organismo de Contralor.
Artículo 4º. Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque o giro a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición de cuentas.
Artículo 5º. Impútese el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto en la Jurisdicción 8 - S.A.F. 31: Subsecretaría de Servicios Públicos y Energías Renovables - Programa 17 -Actividad 01 -Incisos 5 - Partida Principal 7 -Parcial 6 - Subparcial 01 - Fuente de Financiamiento 4.41 - Ejercicio 2025.
Artículo 6º. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
Artículo 7º. Regístrese, comuniqúese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, dése al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese.

DECRETO Nº 250/2025


ANEXO I



LOCALIDAD SERVICIO IMPORTE RESPONSABLE DNI

ATILIO VIGLIONE AGUA $4.800.000,00 AVILES Fátima 37.069.024
CHOLILA AGUA/CLOACA $14.400.000,00 BOUDARGHAM Silvio U 22.091.002
CUSHAMEN AGUA $4.800.000,00 GONZALEZ Omar Gabriel 26.470.839
EL MAITÉN CLOACAL $ 9.600.000,00 CURRILEN Oscar Rubén 12.194.137
EPUYEN AGUA $14.400.000,00 CONTRERAS José 30.735.038
GAN GAN AGUA/CLOACA $24.000.000,00 HUISCA Pedro Santiago 23.889.703
LAGO BLANCO AGUA $4.800.000,00 BILBAO Nadia Micaela 36.535.658
LAGO ROSARIO AGUA $4.800.000,00 INGRAM Héctor Ricardo 22.525.081
PASO DE INDIOS AGUA/CLOACA $14.400.000,00 MENDEZ Héctor Eduardo 21.021.416
PASO DEL SAPO AGUA/CLOACA $24.000.000,00 CANDIA Víctor David 25.520.837
RÍO MAYO CLOACAL $9.600.000,00 LOYAUTE Gustavo Daniel 28.021.326
TELSEN AGUA $4.800.000,00 CASTRO Pablo E. 43.079.653

TOTAL $ 134.400.000,00
Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)