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Título: Otorgar un subsidio , a favor de la asociación civil Cámara Industrial y de Comercio Exterior de Puerto Madryn |
Fecha Registro: 25/06/2025 |
Detalle: RAWSON, 25 JUN 2025 VISTO: El Expediente N° 911/2025-MP, los Decretos N° 1304/78, N° 1232/00 y N° 2424/04; y, CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, el Ministerio de Producción tramita el otorgamiento de un subsidio por la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($30.000.000), en favor de la asociación civil denominada: Cámara Industrial y de Comercio Exterior de Puerto Madryn y la Región Patagonia - CIMA COMEX, CUIT N° 30-71402957-2, con el objeto de colaborar con los gastos asociados a la organización del evento “EVENPa2025 - 3ra Exposición y Encuentros de Vinculación Empresaria y Negocios de la Patagonia”, que se celebró entre los días 24, 25 y 26 de abril del corriente año; Que a fojas 2 consta nota suscripta por el presidente de la citada Asociación, mediante la cual solicita acompañamiento económico para la organización del evento individualizado precedentemente, obrando al pie autorización del Subsecretario de Coordinación a cargo del Ministerio de Producción; Que EVENPa es el evento empresarial multisectorial más importante de la Patagonia, en el que participan empresas, PyMEs, proveedores de productos y servicios de todo el país e instituciones públicas y privadas; Que, en ese contexto, se exhiben las capacidades y el potencial de las empresas, se generan contactos, se afianzan e impulsan vínculos y se presentan soluciones a demandas de proyectos; Que el objetivo es potenciar y promover la industria de la región y poner en conocimiento de toda la sociedad respecto a la importancia de las empresas e instituciones en la generación y divulgación de conocimientos técnicos; Que de fojas 4 a 14 luce agregado cronogramay folletería del evento; Que a fojas 17 a 30 obra documentación social y fiscal de la Asociación y de sus autoridades; Que a fojas 37 obra la imputación preventiva del gasto; Que el presente trámite se encuadra en lo prescripto por el Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios, Decretos N° 1232/00 y 2424/04; Que las Direcciones Generales de Administración y de Asuntos Legales del Ministerio de Producción, han intervenido en el presente trámite; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Otorgar un subsidio en los términos del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00 y 2424/04, por la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000.-), a favor de la asociación civil Cámara Industrial y de Comercio Exterior de Puerto Madryn y la Región Patagonia - CIMA COMEX, CUIT N° 30-71402957-2, en la persona de su presidente, señor Ramón Oscar Dethier (DNI N° 8.617.867), con el objeto de colaborar con los gastos asociados a la organización del evento “EVENPa2025 - 3ra Exposición y Encuentros de Vinculación Empresaria y Negocios déla Patagonia”, que se celebró entre los días 24, 25 y 26 de abril del corriente año. Artículo 2°. Autorizar a la Dirección General de Administración del Ministerio de Producción a transferir la suma detallada en el artículo precedente. Artículo 3°. De acuerdo a lo proscripto por el Decreto N° 1304/78, el presidente de la Cámara Industrial y de Comercio Exterior de Puerto Madryn y la Región Patagonia - CIMA COMEX, señor Ramón Oscar Dethier (DNI N° 8.617.867), será el responsable de los fondos otorgados, y dispondrá de un plazo de SESENTA (60) días para su utilización en el objeto para el cual fueran asignados y de SESENTA (60) días para su rendición por ante el Tribunal de Cuentas Provincial, con remisión de copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de Producción. Artículo 4°. Los importes no utilizados deberán ser reintegrados, mediante cheque, giro o depósito en la cuenta N° 203443/7 - CBU: 0830021807002034430076 - Tesorería General de la Provincia del Chubut, CUIT N° 33-70958486-9 - Banco del Chubut S.A., sucursal Rawson, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia. Artículo 5°. Impútese el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto en la Jurisdicción: 1.67 - SAF: 67 - Programa: 01 - Actividad: 01 - Inciso: 5 - Principal: 1 - Parcial: 8 - Fuente de Financiamiento: 111 - Ejercicio 2025. Artículo 6°. El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Producción y de Gobierno. Artículo 7°. Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial para su publicación y, cumplido, archívese. DECRETO N° 716/2025 |
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