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Decreto 816 / 2025 Ignacio Torres 

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Título: OTÓRGASE un subsidio a favor de la Municipalidad de Esquel,
 
Fecha Registro: 15/07/2025
 
Detalle:

RAWSON, 15 JUL 2025

VISTO:
El Expediente N° 1484 - M.D.H. - 2025; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, gestiona el procedimiento para otorgar un subsidio por Fortalecimiento Institucional a la Municipalidad de Esquel, el cual será destinado a solventar los gastos del inmueble donde funciona la Institución de Mini Hogares;
Que a fojas 01 luce Nota, de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, dando fundamento al mismo;
Que a fojas 02 obra nota de la Municipalidad de Esquel, mediante la cual solicita el subsidio con destino a solventar gastos de funcionamiento de los Mini Hogares;
Que obran las autorizaciones de rigor para la prosecución del presente trámite;
Que el presente trámite se encuadra en el marco del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, N° 18/03 y N° 2424/04;
Que el subsidio se sustenta en la normativa dispuesta por el articulo 14 de la Ley I N° 764, modificado por la Ley N° 770;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 307;
Que la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Humano ha tomado intervención mediante afectación preventiva N° 551388, garantizando partidas presupuestarias para el presente ejercicio;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. OTÓRGASE un subsidio por la suma de PESOS ONCE MILLONES ($ 11.000.000,00), a favor de la Municipalidad de Esquel, representada por su Intendente Taccetta, Matías Federico (DNI N° 26.250.195), destinado a solventar los gastos del inmueble donde funciona la Institución de Mini Hogares, en el Marco del Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios, y lo expuesto en los considerandos que anteceden.
Artículo 2°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será con cargo a: Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - Programa 19 - Actividad 3 - Inciso 5 - Partida Principal 7 - Partida Parcial 6 - Fuente de Financiamiento 441 - Ejercicio año 2025.
Artículo 3°. El subsidio otorgado deberá ser invertido dentro de los sesenta (60) días de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los
sesenta (60) días de su inversión con copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Humano.
Artículo 4°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Humano y de Gobierno.
Articulo 5°. Regístrese, comuníquese, notifiquese, y cumplido, archívese.

DECRETO N° 816/2025

Instrumentos Legales Asociados

Instrumentos legales afectados por este instrumento legal

(Se relaciona) Decreto 1304/1978
(Se relaciona) Decreto 1232/2000
(Se relaciona) Decreto 18/2003
(Se relaciona) Decreto 2424/2004

Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal

(No hay instrumentos legales que lo afecten)