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Título: DESIGNAR al Ingeniero Mecánico Matías LLANSA |
Fecha Registro: 05/03/2021 |
Detalle: RAWSON, 05 DE MAYO DE 2021 VISTO: El Expediente N° 466/2021-MAGIyC, la Ley I - N° 667 y el Decreto N° 223/2020; y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación del Ingeniero Mecánico Matías LLANSA, (M.I. N° 33.287.234 - Clase: 1987), para desempeñarse en el cargo de Subgerente La Hoya, dependiente de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, a partir de la fecha del presente Decreto; Que a esos efectos, obran las debidas autorizaciones al presente tramite; Que mediante Decreto N° 223/20 se aprobó la actual estructura orgánico funcional de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, junto con las misiones, funciones, requisitos y denominaciones de los componentes que integran el mismo; Que el cargo jerárquico a cubrir se encuentra vacante y con masa presupuestaria para afrontar el gasto; Que el Ingeniero Mecánico Matías LLANSA, reúne los requisitos y condiciones exigidas por la normativa para acceder al cargo jerárquico; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 67: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - SAF 101: Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa 24: Centro de Actividades de Montaña La Hoya - Actividad 01: Conducción y Administración CAM La Hoya -Ejercicio 2021; Que ha tomado intervención la Dirección General de Administración de Personal dependiente de la Secretaría General de Gobierno; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.-DESIGNAR al Ingeniero Mecánico Matías LLANSA, (M.l. . N° 33.287.234 - Clase: 1987), en el cargo de Subgerente La Hoya, de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, según Decreto N° 223/20, a partir de la fecha del presente Decreto.- Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será Imputado a la Jurisdicción 67: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - SAF 101: Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa 24: Centro de Actividades de Montaña La Hoya - Actividad 01: Conducción y Administración CAM La Hoya - Ejercicio 2021 .- Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, y de Gobierno y Justicia.- Artículo 4°.- REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.- DECRETO N° 314/21 |
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