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Título: Designara la Sra. ESCOBAR, María Lucía Eloísa y Mensualizar a la agente SERRA, Viviana Lorena |
Fecha Registro: 16/05/2023 |
Detalle: RAWSON, 16 MAY 2023 VISTO: El Expediente N° 41/23 MHC; y, CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente citado en el Visto se gestiona la designación de la Sra. María Lucía Eloísa ESCOBAR a cargo de la Dirección de Despacho y Personal dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, a partir de la fecha del presente decreto; Que se deberá dejar sin efecto la designación de la agente SERRA, Viviana Lorena, a cargo de la Dirección de Despacho y Personal dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, otorgada mediante Decreto N° 1274/20, a partir de la fecha del presente decreto; Que asimismo se solicita mensualizar a la agente SERRA, Viviana Lorena en el cargo Oficial Administrativo - Código 3 - 002 - Clase II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria del Ministerio de Hidrocarburos, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023; Que se propone designar a la mencionada agente a cargo del Departamento de Recursos Humanos dependiente de la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, quien reúne los requisitos y la experiencia para cubrir dicho cargo, contando con la capacidad técnica y los conocimientos necesarios que se requieren para la cobertura del mismo, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el reintegro del titular del cargo; Que la agente SERRA, Viviana Lorena, percibirá la diferencia salarial existente entre el cargo de revista y el cargo a subrogar de acuerdo a lo establecido en el artículo 105 de la Ley I N° 74 reglamentada por Decreto N° 116/82; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobada por la Ley II N° 282; Que el gasto que demande el presente tramite, será imputado en la Jurisdicción 62 - Ministerio de Hidrocarburos - SAF 62 - Ministerio de Hidrocarburos - Programa 16: Desarrollo Minero - Actividad 2 - Control de Regalías - Ejercicio 2023; Que el presente trámite cuenta con el aval de las autoridades correspondientes; Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: Dejar sin efecto la designación de la agente SERRA Viviana Lorena (D.N.I. N° 26.842.043 - Clase 1978) a cargo dé la Dirección de Despacho y Personal dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos otorgada mediante decreto N° 1274/20, a partir de la fecha del presente decreto. Artículo 2°: Designara la Sra. ESCOBAR, María Lucía Eloísa (D.N.I. N° 29.753.031 - Clase 1982) a cargo de la Dirección de Despacho y Personal dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, a partir de la fecha del presente decreto. Artículo 3°: Mensualizar a la agente SERRA, Viviana Lorena (D.N.I N° 26.842.043 - Clase 1978) en el cargo Oficial Administrativo - Código 3 - 002 - Clase II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria del Ministerio de Hidrocarburos, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo 4°: Designar a la agente SERRA, Viviana Lorena (D.N.I N° 26.842.043 - Clase 1978) a cargo del Departamento de Recursos Humanos dependiente de la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el reintegro del titular del cargo. Artículo 5°: La agente SERRA, Viviana Lorena (D.N.I N° 26.842.043 - Clase 1978) percibirá la diferencia salarial existente entre el cargo de revista y el cargo a subrogar de acuerdo a lo establecido en el artículo 105 de la Ley I N° 74 reglamentada por Decreto N° 116/82. Artículo 6°: El gasto gue demande el presente trámite, será imputado en la Jurisdicción 62 - Ministerio de Hidrocarburos - SAF 62 - Ministerio de Hidrocarburos - Programa 16: Desarrollo Minero - Actividad 2 - Control de Regalías - Ejercicio 2023. Artículo 7°: El presente decreto será refrendado por los señores Ministros, Secretarios de Estado en Ios Departamentos de Hidrocarburos, y de Gobierno y Justicia. Artículo 8°: Registrese, comuníquese, notificase, dese al Boletín Oficial y Cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO N° 529/2023 |
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