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Título: OTORGAR a favor de la Administración Portuaria del Puerto Comodoro Rivadavia subsidio, para asistir económicamente a 93 trabajadores de la estiba (SUPA) de la localidad de Comodoro Rivadavia |
Fecha Registro: 30/10/2023 |
Detalle: RAWSON, 30 OCT 2023 VISTO: El Expediente N° 2972/2023 STR; y, CONSIDERANDO: Que en el Expediente citado en el Visto, obra Nota N° 165 //APPCR//23 de fecha 1 de septiembre de 2023, suscripta por el Administrador de la Administración Portuaria del Puerto de Comodoro Rivadavia, Doctor Favio Rafael CAMBARERI, mediante la cual tramita la solicitud de un subsidio en carácter de ayuda económica, para los trabajadores de la estiba nucleados por el sindicato unido portuarios argentinos (SUPA) de la ciudad de: Comodoro Rivadavia; Que la mentada solicitud obedece a una situación social de emergencia por falta de trabajo que dieron origen a acciones directas de manera reiterada por trabajadores del sindicato de estibadores, que impacta sensiblemente en la operatoria del puerto de Comodoro Rivadavia, y a todas las empresas que desarrollan actividades en el mismo, como también la normal navegación de los buques que utilizan en el puerto; Que conforme lo expuesto, a fojas 01 el Secretario de Trabajo de la Provincia autoriza lo solicitado por la suma de PESOS CUARENTA MIL ($40.000) por beneficiario, por un total noventa y tres (93) detallados en el ANEXO I del presente, ascendiendo a un importe total de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL ($3.720.000); Que los titulares, de las jurisdicciones se encuentran facultados a otorgar subsidios hasta la suma equivalente a veinticuatro (24) módulos, conforme Decreto N° 2424/04; Que en virtud del monto objeto del subsidio, y de acuerdo a la normativa vigente, corresponde que este sea perfeccionado mediante acto administrativo del Poder Ejecutivo de la Provincia del Chubut; Que el presente trámite se realiza conforme lo prescripto por el Decreto N° 1304/78 y modificatorios; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°: OTORGAR a favor de la Administración Portuaria del Puerto Comodoro Rivadavia, CUIT N° 30-69197594-7, representada por su Administrador Doctor Favio Rafael CAMBARERI (DNI N° 25.01.1.428), la suma de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL ($3.720.000) en concepto de subsidio, para destinarse a asistir económicamente a noventa y tres (93) trabajadores de la estiba nucleados por el sindicato unido portuarios argentinos (SUPA) de la localidad de Comodoro Rivadavia, detallados en él Anexo I del presente, quienes percibirán la suma de PESOS CUARENTA MIL ($40.000) cada uno, en un todo de acuerdo con los considerandos que anteceden. Artículo 2°: De acuerdo a lo proscripto por el Decreto N° 1304/78, se fija un plazo de treinta (30) días para, la utilización de los fondos en el objeto para el cual fueran asignados y sesenta (60) días para su rendición por parte del Administrador de la Administración Portuaria de la ciudad de Comodoro Rivadavia Doctor Favio Rafael CAMBARERI, ante el Tribunal de Cuentas Provincial. Artículo 3°: Los importes no utilizados: deberán ser reintegrados mediante cheque, giro o depósito en la cuenta N° 203443-007.delBáncó del Chubut S.A., a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia. Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto y que asciende a la suma total de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL ($3.720.000) será imputado en la Jurisdicción 15- SAF 15 - SECRETARIA DE TRABAJO- Programa 01- Conducción de la Secretaría de Trabajo/ 00/ 00/ A01/ 5- Transferencias/ 7- Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar, gastos corrientes/ 4- Transferencias a otras instituciones públicas provinciales/ 01- Fuente dé Financiamiento 3.47- Ejercicio 2023. Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia. Artículo 6°: Regístrese, notifíquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. DECRETO N° 1341 hoja N°1 ANEXO I CUIL APELLIDO Y NOMBRE 20229771508 ACUÑA VICENTE IGNACIO 20276134869 AGUIRRE EDUARDO LUJAN 20250933356 ALARCON DARIO ADRIAN 20420686189 ASCENCIO EÑZO DAMIAN 20363074147 ASCENCIO GABRIEL OMAR 20290900671 ASCENCIO GUILLERMO DANIEL 20431473586 ASCENCIO LEONARDO ADRIAN 20431473586 ASCENCIO LEONARDO JAVIER 20333164842 ASCENCIO MARIO FERNANDO 20286823107 BARRA MARCELO DAVID 20350997424 BEIRAC MARCELO DAMIAN 20206313162 BOCCARDO HICTOR NICOLAS 20377641818 BOCCARDO JUAN PABLO 20318921165 BRAVO MARCO ANTONIO 20219578882 BUSTOS JOSE GUSTAVO 20259624224 CAIMILLA HECTOR MIGUEL 20422092804 CARCAMO MAXIMILIANO DANIEL 20286036032 CARDOSO JUAN MARCELO 20362771146 CARLE JONATHAN GABRIEL 20371964216 CARLE MAYCO ALBERTO 20275985709 CARRASCO ARISTOBULO 20282363276 CIRILO ARIEL ALEJANDRO 20366972197 CLAURE JONATHAN EZEQUIEL 20240960339 CORIA HORACIO ANIBAL 20250870710 CUENCA SALVADOR CAMILO 20338716185 DABALO EDUARDO HORACIO 20353851293 DECIMA DIEGO LEONARDO 20353851307 DECIMA OMAR EDUARDO 20344272817 DIAZ FABIAN 20179403731 DIAZ VICTOR HUGO 20234399374 FLORENTINO ARIEL MARTIN 20325191105 GOMEZ PEDRO EMANUEL 20376659918 GUICHAPANI FERNANDO EZEQUIEL 20271772425 HARO UBALDO FELICIANO 23353851039 HERNANDEZ MATIAS JAVIER 20210217690 HERNANDEZ RAMON OMAR 20225407976 INALEF JUAN CARLOS CIPRIANO 20299158323 LAMAS RAMON HUMBERTO 20160019906 MADARIAGA CARLOS MARIANO 20367940752 MALTANERI FRANCO EZEQUIEL 20388022621 MANSILLA BRUNO ALBERTO 20402095270 MANSILLA CRISTHIAN OMAR 20353851153 MANSILLA JORGE RAFAEL 20407385196 MANSILLA KEVIN ARIEL 20215416977 MEDINA JORGE DANIEL 20312800595 MILLANAO NESTOR ABEL 33060644 MILLANAO ANGEL DANIEL 20415974710 MONTIEL LUIS ALFREDO 20160015560 NAVARRO VICTOR MARIO hoja N° 2 20376655599 OÑATIBIA CRISTIAN MARCELO 20309361904 OVIEDO MATIAS JAVIER 20309369042 PEREZ SANTIAGO NICOLAS 23429704219 QUINTANA IVAN EZEQUIEL 20190079881 QUINTANA OSORIO JUAN ANDRES 20371507958 REYNOSO JONATHAN LUIS 20321865934 RIVAS ALEJANDRO ANDRES 20215564194 RODRIGUEZ DANIEL MIGUEL 20382992351 RUIZ SEBASTIAN ARIEL 20382992335 RUIZ CRISTIAN DANIEL 20382992343 RUIZ FERNANDO NICOLAS 20419567710 SANTANDER ADRIAN EZEQUIEL 20363712445 SCORDAMAGLIA CHRISTIAN DANTE 20356939167 SEPULVEDA ALBERTO 23280213829 SILVA DANIEL ALBERTO 20335748574 SILVA RICARDO ANDRES 20413027293 SOLIS EMILIO LINDOLFO 20417220446 SOTO CESAR ALEJANDRO 20331828913 TASCON SEBASTIAN MANUEL 20351215098 TAVELLA JEREMIAS MIGUEL 20213547438 TAVELLA JUAN JOSE 24840513 TAVELLA LUIS MARIA 20371512188 TRUJILLO GABRIEL ALEXANDER 20388027909 TRUJILLO SERGIO DAVID 20947111222 ULLOA LOPEZ JORGE ANTONIO 20167569405 VALLEJOS CARLOS OMAR 20419567400 VALLEJOS DANIEL HORACIO 20430798171 VALLEJOS JORGE EMANUEL 36052900 VALLEJOS CARLOS OMAR ALBERTO 23382993519 VALLEJO DAVID ALEJANDRO 20208085736 VAZQUEZ JORGE JOSE 20925310965 VELASQUEZ MACIAS JUAN HUMBERTO 92502107 VELASQUEZ MAGIAS HECTOR IVAN 20351302888 VERON HICTOR FABIIN 20173806915 VIDAL JOSE ALBERTO 20363436707 YANCA CRISTIAN JAVIER 20249295397 ZAMBRANO JOSE GABRIEL 20385172568 ECHANIZ FACUNDO DAMIAN 20417935062 ZAPATA BRIAN JAVIER 20266174846 ZAPATA GUSTAVO JAVIER 20249297632 CARRIZO MARCELO HORACIO 20392036718 MONTIEL TOMAS SACARIAS 23288722749 MUSIQUEL ERNESTO MARTIN 20950624214 NUÑEZ TORRES DIGNO |
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