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Título: OTORGAR los subsidios a favor de los Municipios correspondientes a los gastos que demande la realización de las Fiestas Populares 2024 |
Fecha Registro: 29/12/2023 |
Detalle: RAWSON, 29 DIC 2023 VISTO: El Expediente N° 778 - SCTIPyC-23 ; y, CONSIDERANDO: Que por el Expediente mencionado en el Visto, se tramita el otorgamiento de subsidios correspondientes a los gastos que demande la realización de las “Fiestas Populares 2024”, a favor de los Municipios, en los cuales se desarrollarán los mencionados eventos, de acuerdo al detalle del Anexo Único que acompaña al presente Decreto; Que los subsidios serán administrados y rendidos, por los Señores Intendentes de los Municipios, de acuerdo al detalle del Anexo Único que acompaña al presente Decreto; Que la Subsecretaría de Cultura promueve el apoyo a las Fiestas Populares con el objetivo de estimular y consolidar la actividad cultural en las distintas localidades de nuestra Provincia; Que parte fundamental necesaria para el desarrollo y el fomento cultural de la Provincia radica en la actividad cotidiana y permanente de nuestros artesanos y hacedores culturales de las distintas expresiones artísticas que encuentran en las Fiestas Populares, un espacio sólido para exponer sus producciones; Que el Gobierno Provincial entiende que es fundamental alentar estas relaciones culturales y estimular a sus organizadores y a quienes accionan directamente en nuestro acervo cultural porque ello contribuye a revalorar nuestra cultura; Que es necesario a su vez establecer parámetros en pos de promover y dar eficiencia al desarrollo de los controles administrativos de las rendiciones de los aportes destinados a tal fin; Que es esencial disponer formalmente el respeto a la normativa vigente, entendiendo que el Estado Provincial debe exigir el cumplimiento de las leyes en todos los ámbitos y fundamentalmente en los que auspicia; Que obra en los actuados la respectiva designación de las personas responsables de administrar los fondos de subsidios otorgados por el Estado Provincial; Que en el Expediente citado surge la imputación preventiva de dichos aportes realizada por la Dirección General de Administración, dependiente de la Secretaria de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura; Que los subsidios mencionados deberán ser rendidos ante el Tribunal de Cuentas, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, 18/03 y 2424/04; Que el Asesor General de Gobierno ha tomado debida intervención en el presente trámite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- OTORGAR los subsidios correspondientes a los gastos que demande la realización de las Fiestas Populares 2024, a favor de los Municipios, en los cuales se desarrollarán los mencionados eventos, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200,000.000) en las personas que se consignan como responsables de administrar los fondos de acuerdo al detalle del Anexo Único que acompaña al presente Decreto. - Artículo 2°.- Los subsidios otorgados deberán ser invertidos dentro de los CIENTO VEINTE (120) días a partir de la fecha de recibidos y rendidos por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut, dentro de los sesenta (60) días subsiguientes a la inversión con la remisión de copia a la Dirección General de Administración de la Secretaría de Ciencia, Tecnología Innovación Productiva y Cultura. - Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total, de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200.000.000), se imputará en la Jurisdicción 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología Innovación Productiva y Cultura - SAF 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología Innovación Productiva y Cultura - Programa 1 - Consducción de la Secretaria de Ciencia, Tecnología Innovación Productiva y Cultura - Actividad 1 - Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - Inciso 5- Principal 7- Parcial 6 - Ejercicio 2023- Fuente de Financiamiento 5.03 - Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. - Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE. - DECRETO N° 1691 ANEXO UNICO Expíe. N° 778/2023-SCTIPyC Subsidios Fiestas Populares Municipalidad Responsables DNI Monto Mes del evento tentativo 28 de julio JONES, Luka Emmanuel 41,793.333 $5.000.000 Abril Alto Rio Senguer MONGILARDI, Miguel Alejandro 23.729.006 $4.000.000 Enero Camarones LOYOLA, Claudia Alejandra 28.852.167 $7.000.000 Marzo Cholila BOUDARGHAM; Silvio Ubaldo 22.091.002 $21.000.000 Febrero Dolavon BOWEN, Dante Martín 33.353.952 $7.000.000 Febrero El Hoyo SALAMIN, César Fabián 28.872.252 $14.000.000 Enero El Maitén CURRILÉN, Oscar Rubén 12.194.137 $10.000.000 Febrero Epuyén CONTRERAS, José Alfredo ' 30.735.038 $18.000.000 Enero Esquel TACCETTA, Matías Federico 26.250.195 $10.000.000 Febrero Gaiman JAMES, Darío Ernesto 21.557.684 $7.000.000 Enero Gobernador Costa GÓMEZ, Miguel Ángel 20.236.496 $7.000.000 Febrero Gualjaina LIMARIERI, Marcelo Horacio 23.165.116 $4.000.000 Enero José de San Martín CALPANCHAY, Rubér Osvaldo 20.589.575 $4.000.000 Enero Lago Puelo FERNANDEZ, IVAN NORBERTO JULIAN 21.387.207 $7.000.000 Febrero Paso de Indios MÉNDEZ, Héctor Eduardo 21.021.416 $4.000.000 Marzo Municipalidad Responsables Puerto Pirámides PERVERSI, Jorge Rada Tilly PERALTA, Mariel Rawson BISS, Damián Río Mayo LOYOUTE, Gustavo Río Pico PÉREZ, Santiago Sarmiento BALOCHI, SEBASTIAN Tecka SEITUNE, Jorge David Trelew MERINO, Gerardo Trevelin INGRAM, Héctor R DNI Monto Mes del evento tentativo 13.735.074 $7.000.000 Septiembre 26.581.623 $7.000.000 Julio 27.604.787 $15.000.000 Enero 28.021.326 $4.000.000 Enero 23.298.466 $4.000.000 Marzo 26.065.234 $7.000.000 Febrero 10.147.500 $4.000.000 Febrero 25.710.148 $20.000.000 Febrero 22.525.081 $3.000.000 Enero |
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