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Título: Crear la Dirección General de Recursos Humanos que dependerá del Ministerio de Economía |
Fecha Registro: 23/09/2024 |
Detalle: RAWSON, 23 SEP 2024 VISTO: El Expediente N° 1394-2024 EC, Decreto N° 1724/23; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita modificar la Estructura Orgánico Funcional del Ministerio de Economía, aprobada mediante Decreto N° 1724/23; Que la Ley I N° 764 fija las competencias del Ministerio de Economía enumerando las competencias que asigna la Constitución Provincial; Que asimismo el artículo 30° de la citada Ley, faculta al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias y contundentes para adecuar la Estructura Orgánico Funcional y presupuestaria de las dependencias que integran los distintos Ministerios y Secretarías de Estado; Que la estructura resulta indispensable para que el Ministerio de Economía pueda contar con las herramientas necesarias para cumplir adecuadamente con las finalidades que le fueron asignadas; Que por lo expuesto se deberá crear la Dirección General de Recursos Humanos la que dependerá del Ministerio de Economía, conforme al Anexo B (hoja 1 y 2), que forman parte del presente decreto; Que del cargo creado dependerán las dependencias y personal detallado en el Anexo B (hoja 2); Que se deberá modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 30- Ministerio de Economía- SAF 30: Ministerio de Economía- Programa 1- Conducción del Ministerio de Economía- Actividad 1- Conducción del Ministerio de Economía y Programa 1- Conducción del Ministerio de Economía- Actividad 6: Recursos Humanos, conforme al Anexo A (hoja 1 y 2) que forman parte del presente decreto; Que se deberá modificar el Plantel Básico de la Planta Temporaria del Ministerio de Economía, eliminándose un (1) cargo de Personal de Gabinete e incrementándose un (1) cargo de Director General, Personal Fuera de Nivel, conforme el Anexo A (hoja 1 y 2) que forman parte del presente decreto; Que es necesario aprobar la misiones, funciones y requisitos del cargo Director General de Recursos Humanos, conforme el Anexo C (hoja 1), que forma parte del presente decreto; Que es necesario sustituir el Anexo N° II (hoja N° 30) del Decreto N° 1724/23, que quedará redactado según Anexo C (hoja 2), que forma parte del presente decreto; Que las designaciones en la presente Estructura Orgánico Funcional estarán sujetas a la disponibilidad presupuestaria de cargos y masa salarial; Que la Dirección General de Asesoría Legal dependiente del Ministerio de Economía han tomado intervención; Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención; Que ha tomado Legal intervención la Asesoría General de Gobierno. POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 30- Ministerio de Economía- SAF 30: Ministerio de Economía- Programa 1- Conducción del Ministerio de Economía- Actividad 1- Conducción del Ministerio de Economía y Programa 1- Conducción del Ministerio de Economía- Actividad 6: Recursos Humanos, conforme al Anexo A (hoja 1 y 2) que forman parte del presente decreto. Artículo 2°. Modificar el Plantel Básico de la Planta Temporaria del Ministerio de Economía, eliminándose un (1) cargo de Personal de Gabinete e incrementándose un (1) cargo de Director General, Personal Fuera de Nivel, conforme el Anexo A (hoja 1 y 2) que forman parte del presente decreto. Artículo 3°. Modificar y aprobar a partir de la fecha del presente decreto, la Estructura Orgánico Funcional del Ministerio de Economía, conforme al Anexo B (hoja 1 y 2), que forman parte del presente decreto. Artículo 4°. Crear la Dirección General de Recursos Humanos que dependerá del Ministerio de Economía, conforme al Anexo B (hoja 1), que forma parte del presente decreto. Artículo 5°. Aprobar las misiones, funciones y requisitos del cargo, Director General de Recursos Humanos, conforme al Anexo C (hoja 1), que forma parte del presente decreto. Artículo 6°. Sustituir el Anexo N° II (hoja N° 30) del Decreto N° 1724/23, que quedará redactado según Anexo C (hoja 2), que forma parte del presente decreto. Artículo 7°. Anótese en la marginal del Decreto N° 1724/23, la modificación que por este acto se dispone. Artículo 8°. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y de Gobierno. Artículo 9°. Regístrese, comuniqúese, dése al Boletín Oficial para su publicación, y cumplido, archívese. - DECRETO N° 1390 ( VER ANEXO A y B en Decreto Original) ANEXO C (Hoja 1) MINISTERIO DE ECONOMIA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS- MISIONES: • Diseñar e implementar políticas de recursos humanos que permitan mejorar el desempeño del personal del Ministerio de Economía. • Supervisar y administrar el movimiento general de los recursos humanos de las Jurisdicciones que les sean conferidas por el Ministro de Economía. • Asistir al Ministro del área en temas inherentes a la gestión de recursos humanos. FUNCIONES: • Entender en la aplicación de la normativa vigente que regula los procesos administrativos laborales y de los deberes y derechos de los empleados del Ministerio de Economía. • Supervisar e intervenir en toda tarea inherente al Area Administración de Recursos Humanos. • Gestionar e intervenir en la movilidad y reubicación del personal teniendo en cuenta las necesidades de cobertura de puestos en las áreas del Ministerio de Economía, las competencias requeridas en dichos puestos y la adecuación de las personas a los mismos. • Proyectar el presupuesto anual del área de personal del Ministerio. • Supervisar e intervenir en la carga y control de haberes, grillas salariales y todo lo inherente al proyecto de presupuesto anual. • Asegurar el mantenimiento y actualización de los legajos del personal y las bases de datos correspondientes. REQUISITOS PARA EL CARGO: Poseer título Secundario y contar con experiencia en tareas a fines. ANEXO C (Hoja 2) MINISTERIO DE ECONOMIA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS AREA ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS. MISION: • Administrar el movimiento general de los recursos humanos de la Jurisdicción, en el marco de las normas legales y reglamentarias vigentes. FUNCIONES: • Centralizar y controlar los aspectos operativos del movimiento de la documentación inherentes a los recursos humanos. • Intervenir en la tramitación del movimiento administrativo general de los recursos humanos para dar cumplimiento a la legislación vigente en materia de personal. • Administrar los servicios de cafetería. • Intervenir, supervisar e instrumentar el cumplimiento de la vigencia de las normativas referentes al control asistencial. • Asistir al Director General de Recursos Humanos en sus funciones, instrumentando, coordinando y supervisando todo lo relativo a los recursos humanos. REQUISITOS PARA EL CARGO: Poseer título secundario. |
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