Imprimir detalle |
Título: ESTABLECER LOS INCREMENTOS POR DECRETO DEL PODER EJECUTIVO |
Fecha Registro: 13/07/1989 |
Detalle: RAWSON 13 DE JULIO DE 1989 LEY Nº 3345 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º).- Los incrementos salariales de los agentes comprendidos en las Leyes Provinciales Nº 2672 (modificada por Ley Nº 2976); Nº 3158; Nº 2757; Decreto-Ley Nº 1987; Decreto-Ley Nº 1820; Decreto-Ley Nº 2152; Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75 (Luz y Fuerza); Tribunal de Cuentas y Policía de la Provincia del Chubut, serán otorgados hasta el 31 de diciembre de 1989, por Decretos del Poder Ejecutivo Provincial, instrumentos que serán remitidos mensualmente a la Honorable Legislatura para su conocimiento. Artículo 2º).- Comuníquese al Poder Ejecutivo. LEY Nº 3345/1989 |
|