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Título: Reubicar a la agente Andrea Verónica BAYO y a la agente Luciana Vanessa MARR TORRES |
Fecha Registro: 23/12/2020 |
Detalle: RAWSON, 23 DE DECIEMBRE DE 2020 VISTO: El Expediente N° 1054-MDSFMyJ-2020, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se procedió a recaratular el Expediente N° 1949-MFyPS-2019, en virtud de la Ley I N° 667, mediante el cual se gestiona reubicar a la agente Andrea Verónica BAYO en el cargo Jefe de Departamento Articulación de Recursos Humanos y a la agente Luciana Vanessa MARR TORRES en el cargo Jefe de Departamento Sueldos, ambos cargos Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de Personal y Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud; Que a fojas 87 del Expediente del Visto, obra Nota N° 457/20 de la Dirección General de Personal y Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, en la cual se expresan las causales que motivan la presente reubicación; Que mediante Decretos N° 1475/12 y N° 1152/14 se procedió a la mensualización de las agentes Andrea Verónica BAYO y Luciana Vanessa MARR TORRES en el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Clase I de la Ley I N° 74, dependientes del actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud; Que mediante el Artículo 5° del Decreto N° 1475/12, se designa a cargo de la Jefatura de Departamento Articulación de Recursos Humanos - Categoría 1-C Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependiente de la entonces Dirección de Personal y Recursos Humanos, actual Dirección General de Personal y Recursos Humanos - Dirección General de Coordinación y Control del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a la agente Andrea Verónica BAYO; Que mediante el Decreto N° 599/12, se designa a cargo de la Jefatura de Departamento Sueldos - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 74, de la entonces Dirección de Personal y Recursos Humanos, actual Dirección General de Personal y Recursos Humanos - Dirección General de Coordinación y Control del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a la agente Luciana Vanessa MARR TORRES; Que mediante Decreto N° 1996/16 se modifica la Estructura Orgánico Funcional del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, transfiriendo el Departamento Sueldos - Categoría 16 Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 74, a la Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, con la transferencia del recurso humano, dependiente de la Dirección General de Personal y Recursos Humanos del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud; Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 667; Que en virtud del trámite que se gestiona, corresponde dejar sin efecto el Artículo 5o del Decreto N° 1475/12 y el Decreto N° 599/12, mediante los cuales fueron designadas las agentes Andrea Verónica BAYO y Luciana Vanessa MARR TORRES, respectivamente; Que las agentes Andrea Verónica BAYO y Luciana Vanessa MARR TORRES, percibirán el Adicional por Dedicación Exclusiva, establecido en el Artículo 5o - inciso h) de la Ley IN° 114; Que se entiende por Dedicación Exclusiva al régimen de trabajo que exige al agente cumplir con cuarenta y cuatro (44) horas semanales de labor, distribuidas según las necesidades del servicio en casos excepcionales más la concurrencia fuera de este horario o cuantas veces resultare necesario por razones de servicio sin perjuicio del franco semanal y licencias reglamentarias; Que el presente trámite no genera gasto alguno, en virtud que las agentes Andrea Verónica BAYO y Luciana Vanessa MARR TORRES, se encuentran percibiendo los haberes correspondientes a la Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, en virtud de los actos administrativos citados en los Considerandos que anteceden; Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 251; Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente tramite; Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Dejar sin efecto el Artículo 5° del Decreto N° 1475/12, mediante el cual se designó a la agente Andrea Verónica BAYO (M.L N° 30.649.128 - Clase 1983) cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo de la Ley I N° 74, a cargo de la Jefatura de Departamento Articulación de Recursos Humanos - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, de la entonces Dirección de Personal y Recursos Humanos, actual Dirección General de Personal y Recursos Humanos - Dirección General de Coordinación y Control del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a partir de la fecha del presente Decreto y en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.- Artículo 2°.- Dejar sin efecto el Decreto N° 599/12, mediante el cual se designó a la agente Luciana Vanessa MARR TORRES (M.L N° 92.884.140 - Clase 1983) cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo de la Ley I N° 74, a cargo de la Jefatura de Departamento Sueldos - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 74, de la entonces Dirección de Personal y Recursos Humanos, actual Dirección General de Personal y Recursos Humanos - Dirección General de Coordinación y Control del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, transferido a la Categoría 1 -C - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, mediante Decreto N° 1996/16, a partir de la fecha del presente Decreto y por lo expuesto en los Considerandos que anteceden.- Artículo 3°.- Reubicar a partir de la fecha del presente Decreto en el cargo Jefe de Departamento Articulación de Recursos Humanos - Categoría 1-C Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, a la agente Andrea Verónica BAYO (M.l. N° 30.649.128 - Clase 1983) quien revista el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Clase I - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo de la Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Personal y Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud.- Artículo 4°.- Reubicar a partir de la fecha del presente Decreto en el cargo Jefe de Departamento Sueldos - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor - Ley I N° 114, a la agente Luciana Vanessa MARR TORRES (M.l. N° 92.884.140 - Clase 1983) quien revista el cargo Oficial Superior Administrativo Código 3-001 - Clase I - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo de Ley I N° 74, dependiente de la Dirección General de Personal y Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud.- Artículo 5o.- Las agentes Andrea Verónica BAYO (M.L N° 30.649.128 - Clase 1983) y Luciana Vanessa MARR TORRES (M.l. N° 92.884.140 - Clase 1983) percibirán el Adicional por Dedicación Exclusiva, establecido en el Artículo 5° inciso h) de la Ley I N° 114.- Artículo 6°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud SAF 40 - Programa 1 - Conducción del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Ejercicio 2020.- Artículo 7°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia.- Artículo 8°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial, y cumplido,ARCHÍVESE.- DECRETO N° 1367/2020 |
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