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Título: Prorrogase la vigencia del Decreto N° 417/23 |
Fecha Registro: 18/03/2024 |
Detalle: RAWSON,18 MAR 2024 VISTO: El Expediente N° 0648- M.D.H. - 2024, y los Decretos N° 252/22,348/20 y N° 417/23; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 417/23 se prorrogó la aplicación y ejecución de la Tarjeta Social en la Provincia del Chubut, bajo la órbita del entonces Ministerio de Desarrollo Social Familia Mujer y Juventud, actual Ministerio de Desarrollo Humano a fin de no desproteger a la población más vulnerable, priorizando los grupos de personas en situación de vulnerabilidad nutricional, ratificándose el Reglamento Operativo Provincial establecido mediante Decreto N° 1460/05 y Anexos y el monto mensual fijado por el Decreto N° 1131/22; Que en ese orden de ideas, por el decreto citado previamente se prorrogó la vigencia de la aplicación y ejecución del Decreto N° 417/23 desde el 01 de abril de 2023 y hasta el 31 de marzo de 2024; Que mediante Decreto 1131/22 se fijó un monto mensual de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) por tarjeta, destinado a beneficiarios y beneficiarías en situación de vulnerabilidad social para la adquisición de alimentos básicos; Que por el Expediente citado en el visto, se solicita la prórroga de la aplicación y ejecución de la Tarjeta Social en la Provincia del Chubut, bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano, desde el 01 de abril de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2025, a fin de no desproteger a la población más vulnerable, priorizando los grupos de personas en situación de vulnerabilidad nutricional; Que ante la imposibilidad de ejecutar de manera inmediata acciones necesarias para la implementación de un nuevo Plan Provincial, resulta necesario prorrogar la aplicación y ejecución del Decreto N° 417/23 en la Provincia del Chubut, bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano; Que obran las autorizaciones de rigor para el presente trámite; Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano; Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°.- Prorrogase la vigencia del Decreto N° 417/23, desde el 01 de abril de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2025, y de acuerdo a los fundamentos expuestos en los considerandos que anteceden. Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado en el Departamento de Desarrollo Humano y por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno. Artículo 3°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE. DECRETO N° 306/2024 |
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