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Título: OTÓRGASE un subsidio a favor de la Municipalidad de José de San Martín |
Fecha Registro: 21/07/2025 |
Detalle: RAWSON, 21 JUL 2025 VISTO: El Expediente N° 830 - M.D.H - 2025; CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, gestiona el procedimiento para otorgar un subsidio por Fortalecimiento Institucional al municipio de José de San Martín, para la refacción y ampliación del CAF Los Pilquines y Centro de Desarrollo Infantil de esa localidad; Que a fojas 1 y 39 lucen notas de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, dando fundamento al presente; Que a fojas 2 y 32 obran notas de la Municipalidad de José de San Martín, mediante las cuales solicitan el subsidio con destino a la refacción y la ampliación del CAF Los Pilquines y Centro de Desarrollo Infantil de esa localidad; Que obran copias fotográficas a color donde se muestran las futuras ampliaciones, y refacciones, planilla de presupuesto de materiales, análisis de precios, y planos aportados por la Municipalidad de José de San Martín; Que el presente trámite se encuadra en el marco del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, N° 18/03 y N° 2424/04; Que el subsidio se sustenta en la normativa dispuesta por el artículo 14 de la Ley I N° 764, modificado por la Ley N° 770; Que la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Humano ha tomado intervención mediante afectación preventiva N° 548821, garantizando partidas presupuestarias para el presente ejercicio; Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Humano; Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención, en el presente tramite; POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT DECRETA: Artículo 1°. OTÓRGASE un subsidio por la suma de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS, ($ 9.386.635,53), a favor de la Municipalidad de José de San Martín, representada por su Intendente, Rubén Calpanchay (DNI N° 20.589.575) con destino a la refacción y ampliación del CAF Los Pilquines y Centro de Desarrollo Infantil de la mencionada localidad, en el marco del Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios, y en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos que anteceden. Artículo 2°. El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será con cargo a: Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Humano - Programa 19 - Actividad 3 - Inciso 5 - Partida Principal 7 - Partida Parcial 6 - Fuente de Financiamiento 441 - Ejercicio año 2025. Artículo 3°. El subsidio otorgado deberá ser invertido dentro de los sesenta (60) días de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión con copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Humano. Artículo 4°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Humano y de Gobierno. Artículo 5°. Regístrese, comuníquese, notifíquese, y cumplido, archívese. DECRETO N° 865/2025 |
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